Ley Nº 5810 del 18 de julio de 2017. Mercado de Valores
Datos
Esta ley deroga la Ley N° 1284/1998 “MERCADO DE VALORES” y el artículo 122 de la Ley N° 1034/83 “DEL COMERCIANTE” que dio continuidad a la vigencia del Libro Primero Título III relativo a las Bolsas y Mercados, del Código de Comercio del año 1903.
Observación (Según Gaceta Oficial N° 169 del 1 de setiembre del 2023): Los artículos 164, 166, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175 y 176 de la presente Ley se encuentran derogados por la Ley N° 7162/2023.